COVID 19

Modalidad Trabajo a Distancia (Home Office)

Como resultado de la situación actual sanitaria en el país, se ha empezado a utilizar la figura de “trabajo a distancia” (home office) contemplado en la LFT con el fin de continuar con las actividades normales de los negocios y protección del personal de las empresas,  por ello les remitimos algunos puntos de importancia a considerar respecto del mismo:

  1. Hacer constar por escrito las condiciones bajos las cuales se realizará el trabajo a distancia y el periodo de duración.
  2. Realizar inventario del equipo y herramientas que se le entregarán a los empleados para la ejecución de sus trabajos a distancia, así como las condiciones de su uso y mantenimiento.
  3. Determinar el proceso de  entrega de resultados y la evaluación de los mismos o bien supervisión de sus actividades diarias.
  4. Establecer las modificaciones o en su caso la terminación del mismo, si dicha modalidad deja de ser funcional para las partes.
  5. Acordar condiciones particulares tales como: salario, horarios, asistencia presencial programada en la empresa, rol de guardias en la empresa, etc.
  6. Condiciones relativas a seguridad social y accidentes de trabajo.
  7. Se deberá contar con política de aplicación específica de esta modalidad.

Comentarios finales:

  1. Es esencial que dichas condiciones queden establecidas por escrito.
  2. Para el caso de que la autoridad federal decrete una declaratoria de emergencias sanitaria, deberá revisarse las condiciones del trabajo a distancia pues están pudieran anularse.

Atentamente

Cervantes-Quijano