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“La Ley FATCA”

Todo gobierno tiene como finalidad básica el evitar la evasión fiscal por lo que ante un escenario de cooperación global, en 2010 México firmó con el Congreso de Estados Unidos la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (Foreign Account Tax Compliance Act o FATCA), el cual fue un paso más para el intercambio de información, evitando así la evasión fiscal y generar un mayor nivel de recaudación de impuestos.

Como un acto derivado del FATCA, nuestro país celebró un acuerdo intergubernamental para el intercambio automático de información bancaria y financiera con los Estados Unidos, esto con el objetivo de conocer la información de las cuentas bancarias que los ciudadanos de cada país tienen en el otro país firmante del acuerdo.

Como un dato general, en el libro “La riqueza oculta de las naciones” del economista Gabriel Zucman, se maneja que los paraísos fiscales ocultan 7 mil 600 millones de dólares o lo que sería igual, alrededor del 8% de la riqueza financiera neta del mundo.

A inicios de este mes, Aristóteles Núñez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que ya cuenta con la información de 174,000 contribuyentes mexicanos con cuentas bancarias en Estados Unidos.

Además, a partir de junio de 2017 comenzará a recibir información de los saldos e ingresos en cuentas financieras que mexicanos tengan en cerca de 96 países y no sólo en el país norteamericano.

Esta información ya está siendo procesada para analizar si dicho universo de contribuyentes cumplió con sus obligaciones fiscales en el país durante su declaración anual, pero en caso de no ser así, daría inicio el proceso de auditoría correspondiente.

El presidente de la Comisión de Asuntos Tributarios de Coparmex Tijuana, el Lic. Damián Salazar, nos informó que esto cobra especial relevancia si se tienen cuentas bancarias en el extranjero cuyos saldos no se han reportado al SAT, pues debemos recordar que la defraudación fiscal es un delito cuya sanción conlleva prisión durante un periodo de tres meses hasta nueve años.

Debemos recordar que los mexicanos debemos pagar impuestos sobre la premisa de ingresos mundiales, es decir, tenemos que calcular el impuesto sobre la renta sobre todos los ingresos obtenidos, sin importar en qué parte del mundo se encuentren.

Ante esta situación, hay que considerar si resulta conveniente la aplicación de los beneficios del Decreto para la repatriación de capitales, o reconsiderar el utilizar cuentas en el extranjero para erosionar la base fiscal en México, toda vez que Peso o Dólar que depositemos en el extranjero, será reportado al SAT.

Lo que revisará el SAT es verificar si los contribuyentes reportaron en su declaración anual los rendimientos obtenidos en las cuentas bancarias o en las inversiones que tienen en ese país y lo acreditaron en México, de no haberlo hecho iniciará diferentes actos, entre ellos algunas auditorías, según el monto de los rendimientos obtenidos por mexicanos con cuentas en Estados Unidos.